Al Consejo Estatal lo conforman el Presidente en turno, el Vicepresidente A y todos los Ex-Presidentes del Consejo. Así como cinco representantes de cada una de las asociaciones civiles: 3 consejeros propietarios y 2 consejeros suplentes.
Los suplentes solamente podrán ejercer voto cuando actúen en lugar de un propietario. El Presidente de cada asociación es siempre el primer consejero propietario.
Por cada 50 asociados pagados, la asociación podrá presentar a un consejero propietario adicional con su suplente.